Prohibido el expendio de bebidas alcohólicas desde las 20 del sábado
Artículos relacionados
La Dirección de Bromatología e Inspección General recuerda, que con motivo de las elecciones a llevarse a cabo el día domingo 11 del corriente año, en virtud del art. 134 inc. F del la Ley Provincial n° 5109 y el art. 136 del Código Electoral Nacional se encuentra prohibido el expendio de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del día sábado hasta las 21 del día domingo.
Artículo 136. – Expendio de bebidas alcohólicas. Se impondrá prisión de quince días a seis meses, a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario.