La ANSES brinda cobertura durante el embarazo

Roberto Gómez
Por Roberto Gómez agosto 3, 2020

La ANSES brinda cobertura durante el embarazo

A través de la Asignación por Embarazo para Protección Social y la Asignación Familiar por Prenatal, la ANSES acompaña a las familias con un pago mensual que se realiza, en el caso de la Asignación por Embarazo, desde las 12 semanas de gestación y hasta el nacimiento; para la Asignación Familiar por Prenatal, a partir del inicio del embarazo y hasta el nacimiento.

La Asignación por Embarazo la perciben mujeres desocupadas, trabajadoras informales con ingresos iguales o inferiores al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), Monotributistas sociales, trabajadoras de servicio doméstico registradas y las que se encuentren inscriptas en alguno de los programas Hacemos Futuro (Argentina Trabaja y Ellas Hacen), Manos a la Obra o Programas del Ministerio de Trabajo, siempre que su cónyuge o conviviente se encuentre bajo la misma situación.

En tanto, la Asignación Familiar por Prenatal es para trabajadores en relación de dependencia, Monotributistas (entre categorías A y H), titulares de la Prestación por Desempleo, quienes se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o beneficiarios de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Según el caso, se podrá acceder al pago completo de una de estas dos asignaciones antes mencionadas presentando ante la ANSES el Formulario PS 2.67Solicitud Asignación por Embarazo para Protección Social (Embarazo), o bien, el Formulario PS 2.55DDJJ Novedades Unificadas SUAF (Prenatal). Para ambas prestaciones, el rubro de los datos médicos puede ser reemplazado por el certificado médico donde conste nombre, apellido y DNI de la embarazada, fecha probable de parto y tiempo de gestación, fecha de emisión con nombre, apellido y sello del médico o Licenciada/o en Obstetricia.

Para percibir la Asignación por Embarazo la documentación debe ser presentada desde la semana 12 de gestación y con anterioridad al nacimiento o interrupción del embarazo. Para la Asignación Familiar por Prenatal, la documentación debe presentarse entre el tercer y sexto mes cumplido de gestación, ya que si se realiza con posterioridad solo se cobrarán los meses que resten, y si se presenta después de producido el nacimiento no corresponderá percibir ningún mes.

Es importante tener en cuenta que, si el cobro lo solicita la pareja de la mujer embarazada, deberá acreditar la relación presentando también el acta de matrimonio, unión civil o certificado de convivencia.

Durante el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), ambos trámites pueden llevarse a cabo mediante la modalidad de Atención Virtual en [www.anses.gob.ar]www.anses.gob.ar.

 

Roberto Gómez
Por Roberto Gómez agosto 3, 2020

Los mejores casinos que aceptan Maestro

La práctica de insertar información falsa en un documento oficial es un acto deshonesto que puede tener consecuencias mejores casinos maestrograves. Es importante recordar que la verdad siempre prevalecerá y que la integridad es fundamental en cualquier situación. Evita caer en la tentación de modificar documentos, la honestidad siempre es la mejor opción.