Jubilados y pensionados deben realizar el empadronamiento a una Obra Social

Roberto Gómez
Por Roberto Gómez abril 6, 2018

Jubilados y pensionados deben realizar el empadronamiento a una Obra Social

Toda persona que percibe una jubilación o pensión tiene derecho a la cobertura de una Obra Social, incluyendo a sus familiares a cargo (esposo/a o conviviente, hijos solteros menores de 21 años o de hasta 25 años que se encuentren estudiando, hijos con discapacidad sin límite de edad).
Cuando la ANSES envía al jubilado la resolución que otorga el número de beneficio (jubilación o pensión), también adjunta el Comprobante de Empadronamiento (CODEM), que es la constancia del ingreso de los datos de identificación del titular y su grupo familiar.
Este comprobante, que puede ser solicitado luego por la Obra Social, también puede imprimirse desde www.anses.gob.ar, sección Accesos Rápidos, opción Obra Social (CODEM), y elegir Obtener constancia.

Grupos de pago para hoy
• Jubilados y pensionados cuyos haberes no superen los $8705 y sus documentos terminen con 3.
• Titulares de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo cuyos documentos terminan en 6.

Roberto Gómez
Por Roberto Gómez abril 6, 2018

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