El 10 de agosto en Navarro para la administración pública es no laborable

Roberto Gómez
Por Roberto Gómez julio 31, 2018

El 10 de agosto en Navarro para la administración pública es no laborable

Lo informó la Municipalidad de Navarro hoy al mediodía.

Transcribimos textualmente lo recibido.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Resolución

Número: Resol -2018-543-GDEBA-MGGP

LA PLATA – BS.AS.

Viernes 13 de julio de 2018

Referencia: 2200-4808/18.  Feriados Agosto 2018

VISTO el expediente Nº 2200-4808/2018 mediante el cual la Subsecretaría de Asuntos Municipales propicia, en el
marco de lo solicitado por diversos Municipios de la Provincia, declarar no laborables y feriados los días en los cuales se
celebren festividades locales, y
CONSIDERANDO:
Que los municipios requirentes han planificado, para los días en los cuales se conmemoren aniversarios o fiestas patronales, actos y festejos que contarán con masiva concurrencia;
Que con el fin de fomentar dichas celebraciones y facilitar una mayor participación de la comunidad, corresponde acceder a lo solicitado, dictando el pertinente acto administrativo que declare no laborables, para la Administración Pública y Banco de la Provincia de Buenos Aires y feriados optativos para la industria, el comercio y restantes actividades, los días en los cuales se desarrollen dichas festividades;
Que a fojas 78 obra copia de la nota enviada por la Subsecretaría de Políticas Docentes y Gestión Territorial de la Dirección General de Cultura y Educación, solicitando exceptuar a las instituciones dependientes de la misma de los feriados o asuetos municipales que se declaren no laborales;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 272/17 E;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 272/17 E, EL MINISTRO DE GOBIERNO
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Declarar no laborables, para la Administración Pública y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, y feriados optativos para la industria, el comercio y restantes actividades, los días en los cuales se desarrollen festividades, en los distintos partidos y localidades de la Provincia de Buenos Aires, conforme se detalla en el Anexo Nº IF-2018- 11558390-GDEBA-DTAMGGP, que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°. Se exceptúa de lo dispuesto en el artículo precedente a las instituciones y dependencias pertenecientes a la Dirección General de Cultura y Educación.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Joaquín de la Torre Ministro

Ministerio de Gobierno

Roberto Gómez
Por Roberto Gómez julio 31, 2018

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