CableVisión: no hay que pagar más de $ 152 por mes

Roberto Gómez
Por Roberto Gómez mayo 8, 2014

CableVisión: no hay que pagar más de $ 152 por mes

La ley dice que hay que pagar 152 pesos por mes por el servicio de Cable. En otros pueblos ya se está haciendo. En Navarro comenzó a girar el tema y llegó al HCD. La empresa manda la Factura con 100 pesos más, pero la entidad de control manifiesta que se puede pagar 152, ya que en el cupón de pago figuran dos importes. La gente, en general, tiene miedo de pagar lo establecido y que más tarde tenga que sufrir un dolor de cabeza, afrontando una deuda que se le asegura desde el AFCA que no la va a tener, porque lo ampara la ley. De todos modos, hasta el momento, no hay tantos usuarios que se animen a tomar esa determinación. La Semana, ha publicado algunas notas respecto al tema, detallando el trabajo del concejal Salviolo y sus colegas, como así también, lo que CableVisión dice y hace. Es un tema interesante, ya que en nuestro pueblo es la empresa que desde hace muchos años tiene el servicio de TV por Cable. Veremos qué ocurre de ahora en más.

Recordamos la nota que publicáramos semanas atrás, confeccionada por la concejal del FpV, Cecilia Guarnero:

PEDIDO DE PUBLICACIÓN
A raíz de la reciente Resolución 43/2014, emanada de la Secretaria de Comercio de la Nación, del Ministerio de Economía y Finanzas Publicas y publicada en el Boletín Oficial el 04/04/2014, los usuarios del servicio de la empresa de televisión po cable CABLEVISION S.A. están obligados a abonar el monto básico mensual de $152,00 por ahora desde el mes de abril a junio inclusive de 2014.-
Es importante saber que como usuarios y consumidores del Servicio de televisión por cable y con respecto a la empresa Cablevisión S.A, no debemos pagar más abono mensual del que corresponde, por la prestación del aludido servicio.-
La protección legal, a los usuarios y consumidores de bienes y servicios, está garantizada no sólo por normativa provincial y nacional, sino que además la tutela y protección es de raigambre constitucional.-
Hemos transitado legislativamente por distintas Resoluciones que ha emitido la Secretaria de Comercio de la Nación, fijando los abonos básicos mensuales como las prórrogas temporales sobre los mismos; entre algunas de ellas la Resolución N° 50/2010, 36/2011, 65/2011, 92/011; la 161/12 ; y las ultimas más recientes son la 104/2013 que fijó como abono por el servicio de cable la suma de $145,00 mensuales desde octubre a diciembre del año 2013; la Resolución: 1/2014, que prorrogó la Resolución 104 enunciada, desde enero a marzo del 2014; y la Resolución que hoy nos ocupa número 43/2014, que se transcribirá más adelante y que fija el monto en la suma de $152,00 mensuales.-
Hoy en día la empresa Cablevisión no se ha adecuado a los montos que debe cobrar a sus usuarios como máximo, establecidos por la Secretaria de Comercio.-
Asimismo y a raíz de ello la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, como organización del estado de representación colectiva, también se ha impulsado para complementar la protección de los derechos de los usuarios, denuncias y medidas cautelares contra la referida Empresa.
A nivel local, nuestro Bloque de Concejales, no ha estado ni estamos ajenos a la problemática que existe hoy entre la Empresa de cable y el Estado Nacional, que vela por los derechos de los usuarios. A raíz de ello, es que en el año 2012, a través de un Pedido de Resolución ingresado por nuestro compañero de Bloque Dr. Salviolo, se le requirió a la empresa Cablevisión S.A. que se abstenga de seguir cobrando a sus clientes el valor que disponía unilateralmente sin tener en cuenta el monto mensual que el gobierno, a través de Resoluciones del área competente fijaba como máximo, proyecto que hemos aprobado por unanimidad .-
Y es a raíz del reclamo de los vecinos que como integrantes del cuerpo deliberativo, no podemos estar ajenos a este problema, mientras las empresas prestatarias de servicios vulneran sus derechos y no cumplen con la normativa vigente.-
El pago ante la oficina de la empresa de referencia, debe efectuarse bajo protesto y con nota que refiera a la normativa vigente que avala abonar los montos fijados por la Secretaria de Comercio.-
A continuación se transcribe la Resolución que fija el valor que debe abonarse por el servicio básico de Cablevisión:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. SECRETARIA DE COMERCIO.-
Resolución Nº 43/2014
Bs. As., 31/3/2014
Visto el Expediente Nº S01:0062209/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Resoluciones Nros. 50 del 3 de marzo de 2010 y 104 del 26 de setiembre de 2013, ambas de la ex – SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y la Resolución Nº 1 del 3 de enero de 2014 de la SECRETARIA DE COMERCIO del citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 104 del 26 de setiembre de 2013 de la ex – SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en el marco de su competencia y en función de los parámetros de razonabilidad enunciados en la misma, se fijó el precio por el abono básico mensual del servicio de televisión paga de la Empresa CABLEVISION S.A., en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO ($ 145,00), que los usuarios debían abonar durante los meses de octubre a diciembre, inclusive, de 2013.
Que mediante la Resolución Nº 1 del 3 de enero de 2014 de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se prorrogó durante los meses de enero a marzo, inclusive, de 2014 la resolución citada en el considerando precedente.
Que el precio fijado mediante ambas resoluciones debía mantener la vigencia e inmutabilidad sin variaciones durante los plazos indicados. Que, en relación al abono básico mensual y los otros servicios prestados por la empresa, se establecía que tampoco sufrirían variaciones en sus precios, número, calidad e integración a la fecha de publicación de las resoluciones antes citadas. Que, asimismo, con relación a las promociones y/o bonificaciones y/o descuentos que beneficien a los usuarios, cualquiera sea su denominación, debían ser mantenidas en los mismos términos en que se encontraban a la fecha de la publicación de las resoluciones. Que, en cuanto a los contratos que se celebren en el futuro, también se establecía que deberían ajustarse a las modalidades pautadas en las medidas aludidas.
Que el ESTADO NACIONAL tiene a su cargo la implementación de políticas públicas destinadas a satisfacer las necesidades de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, cuya tutela y protección tiene raigambre constitucional.
Que a tales fines, la SECRETARIA DE COMERCIO posee competencia como Autoridad de Aplicación las Leyes Nros. 20.680 de Abastecimiento, 22.802 de Lealtad Comercial, 24.240 de Defensa del Consumidor y 25.156 de Defensa de la Competencia. Que, en virtud de lo expresado precedentemente, se han venido implementando medidas conducentes a la concreción de las políticas citadas, otorgando marcos normativos integrales que aseguren los derechos del consumidor.
Que debe destacarse que, conforme surge de las constancias administrativas, la Empresa CABLEVISION S.A. continúa sin presentar la información requerida en la Resolución Nº 50 de fecha 3 de marzo de 2010 de la ex – SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, referida a diversos costos, gastos e ingresos derivados de su actividad. Que, en consecuencia, resulta necesario actualizar el precio por el abono básico mensual del servicio de televisión paga de la empresa, que los usuarios deberán abonar durante los meses de abril a junio de 2014, inclusive.
Que para determinar el monto del abono básico citado, se procedió a obtener a través de fuentes oficiales (COMISION NACIONAL DE VALORES) los datos necesarios que requiere la fórmula prevista en la Resolución Nº 50/2010.
Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 20.680 de Abastecimiento, en especial su Artículo 2 , inciso c), el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, las Resoluciones Nros. 50/2010 y 104/2013, ambas de la ex – SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR, y la Resolución Nº 1/2014 de la SECRETARIA DE COMERCIO.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMERCIO
RESUELVE:
Artículo 1.- Establécese que el precio del abono básico mensual del servicio de televisión paga de la Empresa CABLEVISION S.A., para los meses de abril a junio, inclusive, de 2014 se fija en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS ($ 152,00) mensuales.
Artículo 2.- Establécese que las promociones y/o bonificaciones y/o descuentos, cualquiera sea su denominación, que beneficien a los usuarios deberán ser mantenidos en los mismos términos en que se encuentran a la fecha de entrada de la presente resolución.
Artículo 3.- Dispónese que el abono básico mensual y los otros servicios prestados actualmente por la empresa, no podrán sufrir variaciones en sus precios, número, calidad e integración a la fecha de publicación de esta resolución.
Artículo 4.- Dispónese que los contratos que se celebren en el futuro deberán ajustarse a las pautas establecidas en la presente medida.
Artículo 5.- Determínase que la presente resolución comenzará a regir a partir del día 1 de abril de 2014.
Artículo 6.- Determínase que son de aplicación las normas sobre procedimientos, sanciones, recursos y prescripciones previstas en la Ley Nº 20.680 de Abastecimiento, para la presente resolución.
Artículo 7.- Notifíquese la presente resolución a la Empresa CABLEVISION S.A.
Artículo 8.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
Lic. AUGUSTO COSTA, Secretario de Comercio, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.-
No tengamos miedo a abonar lo que realmente corresponde. Hagamos valer nuestros Derechos como ciudadanos.-

Dra. María Cecilia Guarneri
CONCEJAL y EN REPRESENTACION DEL BLOQUE
POR EL FRENTE PARA LA VICTORIA

Roberto Gómez
Por Roberto Gómez mayo 8, 2014

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