Empleadas domésticas… nueva resolución
Artículos relacionados
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer en su página web un texto que modifica la redacción de la presunción que disponía que se presumiría que quienes tengan ingresos brutos de al menos $ 500.000 en un año, o bien tienen un patrimonio de $ 305.000 o mayor valor, cuentan con personal de servicio doméstico.
En tal sentido, la fe de erratas modifica la redacción de la resolución general (AFIP) 3492 y determina que la citada presunción alcanzará solamente a aquellas personas físicas cuyos ingresos brutos sean iguales o superiores a $ 500.000 anuales y que, además, posean un patrimonio de por lo menos $ 305.000.
Al día de la fecha, la citada fe de erratas no ha sido publicada en el Boletín Oficial.