El 10 de agosto en Navarro para la administración pública es no laborable
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Lo informó la Municipalidad de Navarro hoy al mediodía.
Transcribimos textualmente lo recibido.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución
Número: Resol -2018-543-GDEBA-MGGP
LA PLATA – BS.AS.
Viernes 13 de julio de 2018
Referencia: 2200-4808/18. Feriados Agosto 2018
VISTO el expediente Nº 2200-4808/2018 mediante el cual la Subsecretaría de Asuntos Municipales propicia, en el
marco de lo solicitado por diversos Municipios de la Provincia, declarar no laborables y feriados los días en los cuales se
celebren festividades locales, y
CONSIDERANDO:
Que los municipios requirentes han planificado, para los días en los cuales se conmemoren aniversarios o fiestas patronales, actos y festejos que contarán con masiva concurrencia;
Que con el fin de fomentar dichas celebraciones y facilitar una mayor participación de la comunidad, corresponde acceder a lo solicitado, dictando el pertinente acto administrativo que declare no laborables, para la Administración Pública y Banco de la Provincia de Buenos Aires y feriados optativos para la industria, el comercio y restantes actividades, los días en los cuales se desarrollen dichas festividades;
Que a fojas 78 obra copia de la nota enviada por la Subsecretaría de Políticas Docentes y Gestión Territorial de la Dirección General de Cultura y Educación, solicitando exceptuar a las instituciones dependientes de la misma de los feriados o asuetos municipales que se declaren no laborales;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 272/17 E;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 272/17 E, EL MINISTRO DE GOBIERNO
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Declarar no laborables, para la Administración Pública y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, y feriados optativos para la industria, el comercio y restantes actividades, los días en los cuales se desarrollen festividades, en los distintos partidos y localidades de la Provincia de Buenos Aires, conforme se detalla en el Anexo Nº IF-2018- 11558390-GDEBA-DTAMGGP, que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°. Se exceptúa de lo dispuesto en el artículo precedente a las instituciones y dependencias pertenecientes a la Dirección General de Cultura y Educación.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Joaquín de la Torre Ministro
Ministerio de Gobierno