¿Cómo sería la interpelación al intendente en el HCD?
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El viernes 5 se tratará el proyecto de decreto para citar al intendente Facundo Diz a Interpelación.
Si el mismo resulta aprobado, para lo cual se necesita mayoria simple, 7 votos, dentro de un plazo no menor a los 5 dias el intendete o un secretario que éste designe deberá presentarse en el Concejo a una sesión que convoque a tal efecto conforme lo dispone el Art, 108 Inc. 7 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Tendremos que esperar hasta el viernes para saber si habrá o no intepelación, pese a que el intendente manifestó que se hará presente a responder las preguntas que se le hagan.-
INVITACIONES:
Navarro, 03 de Febrero de 2021.-
Sr. Concejal
S / D.-
La Sra. Vice-Presidenta 1ª del Honorable Concejo Deliberante de Navarro, cita a Ud. en un todo de acuerdo al Artículo 68; Inciso 5º de la Ley Orgánica de las Municipalidades a la 2ª Sesión Extraordinaria del año 2021, a realizarse el día Viernes 05 de Febrero a las 20:00 hs. en el recinto del Honorable Concejo Deliberante de Navarro, a fin de considerarse el siguiente
O R D E N D E L D Í A
1º) Bloque Juntos por el Cambio U.C.R., eleva Proyecto de Decreto solicitando se Interpele al Sr. Intendente Municipal, Dr. FACUNDO IGNACIO DIZ. Expediente Nº 4155/20.-
PAOLA A. MAGGIOTTI Vice-Presidenta 1ª
Honorable Concejo
CECILIA GUARNERI Secretaria Honorable Concejo Deliberante
Navarro, 1 de Febrero de 2021.-
A la Sra. Vice- Presidenta a cargo de la Presidencia
Del Honorable Concejo Deliberante de Navarro
Doña Paola Andrea Maggiotti
S _____ _ / ___________ D.-
De mi mayor consideración:
Por medio de la presente, tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. y por su intermedio al resto del honorable cuerpo que tiene el honor de presidir a los fines de solicitarle que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 68 Inc. 5 del Decreto Ley 6759/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades” y existiendo razones de interés público y urgente para ello, tenga a bien convocar a una sesión extraordinaria a los fines de tratar el proyecto de Decreto que se adjunta a la presente.-
Sin más que agregar, y a la espera de una pronta y favorable respuesta, la Saludamos a Uds. muy atentamente. –
BLOQUE UCR
Juntos por el Cambio
PROYECTO DE DECRETO/PEDIDO INTERPELACION (ART. 108 INC. 7 LOM/ART. 135 DEL REGLAMENTO INTERNO)
Las y los Concejales abajo firmantes, miembros del Bloque Juntos por el Cambio, solicitan a este Honorable Concejo Deliberante el tratamiento del siguiente
PROYECTO DE DECRETO
VISTO:
La necesidad de llevar respuestas claras a la sociedad de Navarro en relación al Plan de Vacunación Contra el Covid 19, que se viene realizando en nuestra localidad desde la llegada de las primeras dosis el día 29 de Diciembre de 2020.-
La necesidad además de contar con la información necesaria en relaciona a quienes serán los encargados de llevar adelantes dicho plan y/o quienes han resultados beneficiarios de las 75 becas que el Ministerio de la Provincia de Buenos Aires, dispuso para tal fin, como así también cual ha sido el proceso o los procedimientos utilizados para su selección.
Qué, asimismo, durante el mes que ha transcurrido de la llegada de la vacuna, se han generado varias contradicciones y/o interrogantes sobre dichas circunstancias.
Que la LOM (Ley Orgánica de las Municipalidades) otorga en su Art. 108 Inciso 7, el derecho a este cuerpo a convocar mediante Decreto al Sr. Intendente para que por sí o por intermedio de sus secretarios suministre informes que este cuerpo requiera.
Que a su vez el Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante en su Art. 135 brida la facultad al Cuerpo de pedir la presencia del Intendente o Secretario del Poder Ejecutivo para que responda sobre determinadas cuestiones que hacen al interés del cuerpo, pero sobre todo de la comunidad, y;
CONSIDERANDO:
Que en fecha 28 de Diciembre de 2020, ante la inminente llegada de las Dosis asignadas a nuestra localidad de la Vacuna Sputnik V pero con anterioridad a que ello ocurra, este bloque, a los fines de llevar tranquilidad y certezas a la sociedad presento un pedido de informes en el cual se solicitaba que se aporten una serie de datos en relación a la vacunación y el personal contratado para ello, como así también sus procesos de contratación y demás circunstancias que circunscribían a las mismas, el cual a la fecha, y transcurridos más de 32 días no ha sido contestado,
Que estamos en presencia de una pandemia, cuyos alcances no conocemos, como así tampoco sus consecuencias, lo cual no solo genera una lógica preocupación en la sociedad, sino que además nos obliga a seguir en forma literal los lineamientos que diseñan los expertos en la materia para mitigar sus efectos.
Que, entre las distintas estrategias utilizadas para frenar el avance de esta pandemia, durante un año, se ha trabajado mundialmente y de forma incansable, para obtener diferentes vacunas que ayuden a obtener la inmunización de la población y evitar el constante crecimiento de la misma.
Que dicho recurso, además de valioso, resulta escaso y su administración debe ceñirse a los criterios fijados por los profesionales médicos en cuanto a la población que debe ser beneficiada por la misma y el orden de prioridades establecidos para tal fin.
Que es como de público conocimiento, ante la imposibilidad fáctica de cubrir con la demanda mundial que hay respecto de esta vacuna, no llegaran a nuestro país la dosis en las cantidades anunciadas, siendo un claro de ejemplo de ello que en el mes de enero solo se recibieron 600.000 dosis contra las 4.700.000 prometidas, lo que obliga aún más seguir los lineamientos a los que hiciéramos referencia en el párrafo anterior.
Que por los argumentos antes esbozados, han llevado a nuestro país, a que mediante la Resolución Ministerial Nro. 2883 Del Ministerio de Salud de la Nación, se disponga un “PLAN ESTRATÉGICO PARA LA VACUNACIÓN CONTRA LA COVID-19 EN LA REPÚBLICA ARGENTINA”, el cual al referirse sobre la priorización y escalonamiento de la vacunación, expresamente sostiene “Debido a la disponibilidad gradual de dosis de vacunas es necesario establecer el orden de prioridad de los grupos de población a vacunar en cada una de las etapas establecidas. Para ello, se ha considerado un marco bioético fundado en los principios de igualdad y dignidad de derechos, equidad, beneficio social y reciprocidad. A fin de constituir la priorización de las poblaciones a vacunar en las distintas etapas se contemplan también criterios establecidos en función del riesgo de desarrollar la enfermedad grave y complicaciones por COVID-19, la probabilidad de una mayor exposición al virus, la necesidad de mitigar el impacto de la COVID-19 en la realización de actividades socioeconómicas y la posibilidad de incidir en la cadena de transmisión”.
Que además a la hora de definir esos lineamientos este plan sostiene que “La población objetivo para las campañas de vacunación se define por criterios epidemiológicos, y su implementación se organiza de acuerdo a diferentes aspectos: logísticos; disponibilidad de los insumos y recursos; junto a otros componentes que se desarrollarán en este documento. Adicionalmente se deben considerar criterios epidemiológicos tales como: carga de enfermedad; tasa de mortalidad por grupos de edad; tasa de incidencia de la enfermedad por sitio geográfico y, como ya se estableció, una variable fundamental dada por la disponibilidad de dosis”.
Que, en razón de lo expuesto, desde el aclamado Ministerio de Salud, se ha definido el siguiente orden de prioridades:
“a) Personal de salud (escalonamiento en función de la estratificación de riesgo de la actividad). –
b) Adultos de 70 años y más // Personas mayores residentes en hogares de larga estancia. –
c) Adultos de 60 a 69 años. –
d) Fuerzas Armadas, de Seguridad y Personal de Servicios Penitenciarios. –
e) Adultos 18 a 59 años de Grupos en Riesgo Personal Docente y No Docente (inicial, primaria y secundaria)
f) Otras poblaciones estratégicas definidas por las jurisdicciones y la disponibilidad de dosis”
Que, de conformidad a lo publicitado a través de diferentes medios, a nuestro pueblo el día 29 de Diciembre de 2020 llegaron 450 dosis correspondientes a la primera de las dos vacunas que contempla la Sputnik V y que el día 21 de Enero arribaron la misma cantidad perteneciente a la segunda dosis de la misma, para la población ya vacunada.
Que de conformidad a las distintas manifestaciones vertidas por diferentes actores de la sociedad, como así también a diferentes publicaciones personales de diferentes actores, a través de la redes sociales, si bien en una primera instancia se procedió a la vacunación del personal de salud que voluntariamente accediera a la misma, con las dosis recibidas, además se vacuno a personas no comprendidas dentro del orden de prioridades establecido por el plan estratégico municipal.
Que, con las dosis recibidas, se habrían vacunado funcionarios, dirigentes sociales, concejales y otras personas no comprendidas dentro de las prioridades establecidas, lo cual no solo constituiría una falta grave, sino que, además, lo cual sería más grave aún, estaría prohibiendo a personas de riesgos contar con dicha vacuna, vulnerando con ello un derecho fundamental y prioritario.
Que ello fue tácitamente reconocido a través de diferentes medios radiales, lo cual genero la inquietud de la población para obtener respuesta en este sentido, la cual no ha sido brindada de manera clara y sigue motivando de parte nuestro vecinos explicaciones claras e inmediatas en este sentido.
Que, ante ello, además de encontrarse pendiente la respuesta al pedido de informes solicitado el día 28 de Diciembre, se procedió a enviar diferentes notas a la Secretaria de Salud y la Oficina de Empleo Municipal, la cual no han sido respondidas hasta el momento.
Que de manera informal y como respuesta parcial a parte de las diferentes preguntas, se ha invocado la ley 25.326, pero no se ha ahondado en sus alcances y muchos menos en sus excepciones, desconociendo así la facultad de este cuerpo de consultar y más aún cuando nos enfrentamos a temas interés público e importancia institucional.
Que, en los últimos días, hemos visto como en localidades vecinas, más precisamente en la localidad de San Andrés de Giles, ante la aplicación irregular de la vacuna y/o el no respeto al orden de prioridades del plan estratégico municipal, ha generado la dimisión de diferentes funcionarios y/o concejales ante el reconocimiento de su error, pero sobre todo de la falta cometida al recibir la misma.
Que es nuestra obligación como representantes del pueblo, asegurar el irrestricto cumplimiento del plan estratégico de vacunación dispuesto por el Misterio de Salud de la Nación, asegurando que la misma llegue a quien tiene que llegar y evitar con ello un uso distinto y con otros fines a los fijados por los responsables de la salud pública.
Que como ediles de este pueblo, no podemos mirar para otro lado, ni avalar conductas que desnaturalicen el verdadero sentido y objetivo del plan de vacunación.
Que en otro sentido, pero estrechamente ligado a las circunstancias antes aludidas, es de público conocimiento que a través del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, se han recibido aproximadamente 75 Becas para llevar adelante el Programa “Buenos Aires Vacunate”.
Que en relación a dicha circunstancia se ha procedido en dos oportunidades a consultar respecto de los criterios de selección y/o procedimiento utilizados para designar a su beneficiarios y al día de la fecha no hemos tenido respuesta.
Que no debemos soslayar que el Art. 16 de la Constitución Nacional establece que “La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad” lo cual impone la obligación de llevar adelante procesos transparentes de selección de personas, Máxime cuando se trate de cargos que estén vinculados con la función pública.
Que, en relación a esta cuestión incluso, se han admitidos errores involuntarios, pero no arbitrarios, que no hacen más que poner en dudas el proceso de selección llevado a cabo para designar a los funcionarios o agentes convocados para llevar adelante dicho programa.
Que es necesario además saber cuáles son los puestos a cubrir, que conocimiento requiere cada uno, que nivel de capacitación es necesario, como así también el plan estratégico que el municipio tiene en este sentido.
Que todos interrogantes, necesariamente deben ser aclarados, en pos del respeto que merece la sociedad que nos ha elegido.
Que una interpelación, para nada debe entenderse como una acusación o imputación, sino como la herramienta válida para que el intendente o el secretario de su confianza lleven tranquilidad a la sociedad sobre los programas a desarrollar, los procesos utilizados para la selección de personal y sobre las personas convocadas en una primera etapa para su vacunación.
Que el pueblo o la sociedad ya no admite silencios, sino que no exige respuestas y que es por todo ello que nosotros, como representantes del pueblo debemos agotar todo tipo de instancias para que las mismas lleguen y de manera clara.
Por lo expuesto antecedentemente y en uso de facultades que le son propias EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE NAVARRO sanciona con fuerza de
PROYECTO DE DECRETO
ARTÍCULO 1º: De conformidad a lo dispuesto por el Art. 108 Inc. 7 de La ley Orgánica de las Municipalidades y el Articulo 135 del Reglamento Interno, convóquese al Intendente Municipal, Dr. Facundo Ignacio Diz, a sesión extraordinaria dispuesta para a tal fin, para que personalmente o a través del secretario que considere Idóneo, asista al Honorable Concejo Deliberante a los Fines de ser interpelado conforme al interrogatorio que se acompaña a la presente como ANEXO I.-
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto.
BLOQUE UCR
Juntos por el Cambio
ANEXO I: INTERROGATORIO A TENOR DEL CUAL DEBERA RESPONDER EL INTENDENTE MUNICIPAL DR. FACUNDO IGNACIO DIZ Y/O SECRETARIOS DESIGNADO A TAL EFECTO.
Se le solicita al Sr. Intendente Municipal y/o al secretario designado a tal efecto, se expida sobre los siguientes puntos:
a) En relación a la Vacuna Sputnik V y su aplicación:
1.- Cantidad de Dosis Recibidas.
2.- Cual es el Plan de Vacunación Municipal desarrollado en ese sentido.
3.- Como se definió a la población receptora de dicha Vacuna, quienes lo hicieron y cuál fue el criterio utilizado, teniendo en cuenta que el mismo se encontraba prestablecido por el propio Ministerio de Salud de la Nación y de la Provincia.
4.- Informe el Calendario de Vacunación a llevar adelante.
5.- Establecimientos habilitados para la aplicación de la vacuna.
6.- Que pasará con los alumnos de los establecimientos educativos designados como centro de vacunación.
7.- Cantidad de Población Vacunada.
8. Especifique la Cantidad de Personal de Salud con el que cuenta nuestro Municipio y cuantos fueron vacunados.
9.- Especifique cuantas, de las dosis recibidas, se aplicaron a mayores de 70 años y cuál fue el criterio de selección para ello.
10.- Siendo las personas mayores de 70 años o residentes en hogares de largas distancias, segundos en el orden de prioridades dispuesto por el Plan Estratégico de Vacunación, informe si se procedió a aplicar la vacuna a los abuelos residentes en el Hogar de Ancianos “Dr. Gastón Molaquino” y/o al personal de salud, auxiliar y/o administrativo del mismo.
11. Informe la cantidad de Adultos de 60 a 69 años vacunados.
12. Informe la cantidad de Personal de las fuerzas armadas, seguridad y personal de servicios penitenciarios vacunados.
13. Informe la cantidad de Adultos Mayores de 18 a 59 años vacunados en grupo de riesgo.
14. Informe la cantidad de personal docente vacunado y si la convocatoria fue abierta a todos los gremios. En caso afirmativo, informe porque medios y acompañe la documentación que lo avale.
15.- Informe la razón por la cual fueron vacunadas personas fuera del orden de prioridades establecidos por el plan estratégico de vacunación Nacional y en su caso demuestre haber agotado los recursos para vacunar a las personas preestablecidas por el ministerio de salud.
16.- Cuantas de esas personas se encontraban registradas en la página del Ministerio de Salud de la Provincia y cuantas accedieron sin hacerlo.
17. Razón por la que se vacunaron Funcionarios Nacionales, Municipales, y Concejales no comprendidos en los grupos de riesgos.
18. Aporte el listado de vacunados, dados que los mismos constan en registros públicos y no violan la ley 25.326 conforme a lo dispuesto en el Art. 5 de la mismas.
19. Si advirtió algún tipo de irregularidades en la aplicación de la vacuna.
20.- En caso de ser afirmativa la respuesta anterior, que acciones llevo a cabo en ese sentido.
21.- Acompañe todo tipo de documentación que avalen sus dichos.
22.- Informe como se llevara adelante el programa de vacunación al recibir las nuevas dosis.
23.- Nos reservamos el derecho a ampliar y/o reformular el presente interrogatorio.
b) En relación a las Becas del Programa “Vacunate Buenos Aires”:
1.- En que consiste dicho programa.
2.- Que son las Becas y en qué consisten.
3.- Que cantidad de fondos recibió nuestro municipio para tal fin.
4.- Cuales son los puestos de trabajo a ocupar de acuerdo al programa mencionado.
5.- Explique cómo se realizó la convocatoria para cubrir dichos cargos y acompañe la documentación que lo avale.
6.- Informe la cantidad de postulantes a cubrir dichos puestos.
7.- Explique cuál fue el proceso de selección y el criterio utilizado para asignar dichas becas.
8.- Informe quien o quienes son los encargados de seleccionar a los beneficiarios entre los distintos postulantes.
9.- Informe la duración del programa “Vacunate Buenos Aires”
10.- Informe en que consiste la función de coordinador, cuales son los requisitos o capacitación para ocupar ese puesto, como se ha cubierto el mismo, y que cantidad de becarios son destinados a cumplir dicha función.
11.- Informe en que consiste la función de vacunadores, cuales son los requisitos o capacitación para ocupar ese puesto, como se ha cubierto el mismo, y que cantidad de becarios son destinados a cumplir dicha función.
12.- Informe en que consiste la función de Pre-vacunadores, cuales son los requisitos o capacitación para ocupar ese puesto, como se ha cubierto el mismo, y que cantidad de becarios son destinados a cumplir dicha función.
13.- Informe en que consiste la función de Logística, cuales son los requisitos o capacitación para ocupar ese puesto, como se ha cubierto el mismo, y que cantidad de becarios son destinados a cumplir dicha función.
14.- Informe en que consiste la función de Administrativos, cuales son los requisitos o capacitación para ocupar ese puesto, como se ha cubierto el mismo, y que cantidad de becarios son destinados a cumplir dicha función.
15.- Informe en que consiste la función de Limpieza, cuales son los requisitos o capacitación para ocupar ese puesto, como se ha cubierto el mismo, y que cantidad de becarios son destinados a cumplir dicha función.
16.- Aporte el listado de la totalidad de los postulantes y los antecedentes aportados para tal fin, dados que los mismos constan en registros públicos y no violan la ley 25.326 conforme a lo dispuesto en el Art. 5 de la mismas.
17.- Aporte el listado de beneficiarios a las becas del programa “Vacunarte Buenos Aires”, dados que los mismos constan en registros públicos y no violan la ley 25.326 conforme a lo dispuesto en el Art. 5 de la mismas.
18. Informe cantidad de becas disponibles y becas asignadas.
19. Remita todo tipo de documentación que avalen sus dichos.
20.- Nos reservamos el derecho a ampliar y/o reformular el presente interrogatorio.
c) En relación a la estrategia para seguir afrontando la pandemia originada por COVID-19:
1.- Explique el motivo de la disolución del comité de crisis.
2.- Informe en que consiste el Consejo Asesor anunciado y como estará conformado, como así también las funciones que tendrá el mismo.
3.- Informe quien estará a cargo del Servicio de Epidemiologia Local y/o como quedará constituido el grupo destinado a tales fines.
4.- Informe o explique el plan estratégico diseñado para enfrentar la pandemia y/o su posible rebrote.
5.- Aporte todo otro dato de interés que considere oportuno informar.
6.- Nos reservamos el derecho a ampliar y/o reformular el presente interrogatorio.