Juez anuló por amparo los aumentos de las empresas de electricidad de la Provincia de Buenos Aires

Roberto Gómez
Por Roberto Gómez junio 1, 2016

Juez anuló por amparo los aumentos de las empresas de electricidad de la Provincia de Buenos Aires

El Juez Contencioso Administrativo de La Plata ordenó retrotraer las tarifas a los valores anteriores, refacturar las boletas emitidas y devolver el dinero cobrado a los usuarios

“La decisión del Juez Arias de La Plata de hacer lugar a la medida cautelar solicitada y anular el tarifazo sobre la energía eléctrica en la Provincia de Buenos Aires es un excelente antecedente que pone en su lugar la defensa de los derechos de los usuarios ya que estos incrementos se habían tomado ilegalmente, sin la celebración de las correspondientes audiencias públicas…”, expresó el Dr. Mauricio Bernardo Bianchi quien preside la asociación civil “Defensa de Consumidores y Usuarios” y destaca que “…a partir de esta decisión judicial los usuarios del servicio público de distribución de energía eléctrica de la Provincia de Buenos Aires que reciben el suministro de las empresas EDELAP, EDEN, EDEA y EDES, tienen que abonar sus facturas con el precio anterior al aumento y se les debe reintegrar las sumas indebidamente cobradas…”.

El Dr. Arias, Juez Contencioso Administrativo de La Plata, hizo lugar al planteo del “Colectivo de Acción de Subalternidad” y suspendió los efectos de la Resolución 22/16 del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires. Como consecuencia de ello todos los usuarios que reciben electricidad de las empresas provinciales deberán efectuar “…la liquidación correspondiente y emitir nuevas facturas…” AJUSTANDO A LAS TARIFAS PREVIAS al aumento establecido por la citada Resolución. “Concretamente el Juez ha ordenado volver a las tarifas anteriores al aumento y las empresas tienen que efectuar la refacturación del servicio a todos los usuarios…”, aclara el Dr. Mauricio Bianchi y respecto de las facturas ya emitidas con aumento precisa que el Juez ordenó “…admitir el pago del servicio según el cuadro vigente con anterioridad al incremento… sin que ello implique la interrupción o alteración del servicio…”.

Cabe aclarar que este fallo no alcanza a la absoluta totalidad de los usuarios de electricidad bonaerenses ya que no incluye a los de las empresas Edenor y Edesur ni a todas las Cooperativas eléctricas. Respecto de estas últimas desde la asociación “Defensa de Consumidores y Usuarios” interpretan que hay dos situaciones distintas y aclara el Dr. Bianchi “…si la cooperativa es subdistribuidora de alguna de las empresas incluidas en la cautelar, no caben dudas que deben retrotraer sus tarifas a los valores anteriores porque quien le provee electricidad, se encuentra alcanzada por el fallo, si no lo hicieran estarían proveyéndose de un enriquecimiento ilícito, pero si la cooperativa compra la electricidad directamente a la mayorista Cammesa, en ese caso no está incluída en la cautelar y las organizaciones comunitarias o directamente los Municipios a través de las OMIC deberían presentarse en el Juzgado platense para solicitar la ampliación de la medida a ellas ya que los incrementos están determinados por la misma Resolución…”.

Se recuerda asimismo que se encuentra pendiente de resolución un amparo solicitado por el Municipio de Avellaneda en el mes de febrero por los aumentos de la empresa Edesur. Esa acción judicial tramita -con extraordinaria demora- en el Juzgado Federal de Quilmes y siendo la primera presentación realizada por este tema en todo el país, resulta llamativa la lentitud del Juzgado para expedirse. Los usuarios del Gran Buenos Aires podrían ser beneficiados si ese Juzgado tomara una decisión similar a la del Juez Arias.

Respecto de los fundamentos tenidos en cuenta por el Juez platense para anular el tarifazo se destaca que la Resolución del Ministerio de Infraestructura Provincial “…vulnera el principio de participación ciudadana… se traduce en una manifiesta lesión a derechos de incidencia colectiva…” y agrega que “…al cercenar la posibilidad de que los individuos que conforman la sociedad se expresen e interpongan impugnaciones previas al aumento tarifario… se ven forzados a pagar en forma desproporcionada una tarifa de la que no han tenido, como ciudadanos consumidores, posibilidad de ser escuchados, conduciendo a un perjuicio económico desproporcionado e injustificado para todos los ciudadanos de la Provincia…”.

El fallo ordena notificar de inmediato a las empresas EDELAP, EDEN, EDEA y EDES así como a la Gobernadora Provincial María Eugenia Vidal, por la responsabilidad de la misma en el dictado de la Resolución que se deja sin efecto de aplicación.

“La enorme cantidad de fallos que se están dictando en todo el país anulando o restringiendo los efectos de los tarifazos de luz y gas demuestran que las decisiones del gobierno han sido desacertadas y, sobre todo, que no corresponde tomar medidas sin siquiera convocar a las audiencias públicas. La falta de transparencia y participación para el dictado de los aumentos es un claro incumplimiento de las normas y el gobierno debe volver sobre sus pasos…”, sentenció el Dr. Mauricio Bernardo Bianchi.

La asociación civil “Defensa de Consumidores y Usuarios” tiene reconocimiento provincial en San Luis con personería jurídica y filiales en la Provincia de Buenos Aires. Asesora, orienta, educa y difunde los derechos de los consumidores y usuarios en base a las normas de la Constitución Nacional y las leyes nacionales y provinciales que protegen los mismos.

Todos aquellos ciudadanos que deseen comunicarse para asesorarse o para realizar consultas pueden hacerlo al correo electrónico defensadeconsumidoresyusuarios@gmail.com o  a través de www.facebook.com/defensadeconsumidoresyusuarios

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Roberto Gómez
Por Roberto Gómez junio 1, 2016

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